A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Oliveros Viloria Alfredo·Demandado Departamento De Cordoba
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- demandas de reparación directa en las que se pretende la indemnización de perjuicios derivada de las acciones u omisión de una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería (Córdoba) y la Superintendencia de Sociedades, suscitado por una demanda administrativa por el medio de reparación directa, presentada por un ciudadano, en contra del departamento de Córdoba, con el fin de se declare la responsabilidad del demandado, por los daños y perjuicios morales y materiales que le fueron causados, con ocasión de la violación al deber objetivo de cuidado, al demorar el cumplimiento de una orden administrativa en el marco de un acuerdo de reestructuración y, se le condene al pago por dicho concepto.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el actor limita sus pretensiones a la indemnización de los perjuicios que presuntamente le ocasionó la entidad territorial, por la demora en el pago de las acreencias laborales que le adeudaba, y dado que la demanda y sus pretensiones se subsumen en el medio de control de reparación directa, el conocimiento del asunto, según los artículos 104.1 y 140.1 del CPACA, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en reiteración de la regla de decisión del Auto 3121/23, que asigna la competencia a dicha jurisdicción cuando se pretende la indemnización de perjuicios, a través de dicho medio, por causa de las acciones u omisión de una entidad pública.
La Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería (Córdoba) y la Superintendencia de Sociedades, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Alfredo Bernardo Oliveros Viloria en contra del departamento de Córdoba.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7014 al Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la Superintendencia de Sociedades, a las partes y a los demás interesados en el proceso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.